Nos hacen una pregunta que, entendemos, puede ser muy interesante:
Es posible realizar formación bonificada a empresas a alumnos (trabajadores) que llevamos a otro pais para aprender idiomas?
➡ La empresa es Entidad Organizadora, realiza cursos de idiomas y en su plan de formación contempla el llevar a los trabajadores durante unas semanas a Irlanda e Inglaterra donde perfeccionan el idioma.
Es posible bonificar estos cursos?
- Hemos releido tanto la ley como el reglamento nuevo acerca de este tema y no hemos encontrado nada que lo permita o lo deniegue
- Pero consultando con la Fundae, su respuesta es: “No vamos a enviar a inspectores al extranjero“
Por lo que podemos determinar que no, no es posible realizar formación bonificada a empresas en cursos en el extranjero. Una vez mas estamos ante lagunas en la ley y el reglamento que se soluciona a base de los criterios subjetivos de la inspección.